PREGUNTAS FRECUENTES:

  • ¿Cual es el plazo de presentación de instancias para la convocatoria 2010?

El plazo de presentación  está abierto hasta el 07 de marzo de 2010

  • ¿Quién puede solicitar estas ayudas?

- Organismos intermedios que lideren proyectos con pymes participantes
- Pymes
En todo caso las pymes participantes y los organismos intermedios deberán tener al menos un trabajador contratado.

  • ¿ A qué sectores deben pertenecer las pymes beneficiarias de las ayudas?

A los sectores de la industria (incluida la agroalimentaria), construcción, turismo, comercio y servicios. Está excluido el sector de producción primaria (agricultura y ganadería)

  • ¿ Cuando se pueden iniciar las inversiones objeto de la ayuda?

Se podrán iniciar una vez presentada la instancia solicitud. Nunca con anterioridad a la presentación de la misma

  • ¿Qué plazo tengo para realizar las inversiones?

Las inversiones se realizarán y pagarán en el periodo comprendido desde la presentación de la instancia solicitud hasta la fecha indicada en la resolución de concesión de ayuda, por lo que las facturas que comprendan los conceptos de inversión deberán estar emitidas y pagadas en el periodo citado.

  • ¿Cuando puedo solicitar el pago de la subvención otorgada?

Una vez que se haya dictado la Resolución de Concesión de la ayuda y las inversiones estén realizadas y pagadas.

  • ¿Como se justifican los gastos que comprenden el proyecto?

Los gastos del proyecto se justificarán mediante factura y justificante bancario que acredite su pago.
La factura detallará todos los conceptos objeto del trabajo realizado, bines adquiridos o servicios prestados. En caso necesario se adjuntará memoria expresa de las actuaciones realizadas haciendo referencia expresa y detallando los conceptos de la factura.
El justificante de pago hará referencia expresa a la factura objeto de pago y será por el importe exacto de ésta.

  • ¿ Se aceptan pagos en efectivo para justificar inversiones?

No. Sólo puede aceptarse  pago no bancario por  factura no superior  a 1.000 euros,  aportándose un certificado del proveedor .Toda factura y pago por importe superior a 1.000 euros se justificará con cargo bancario.

  • ¿Cuál es el procedimiento de concesión de la ayuda?

Es el de concurrencia competitiva donde se evalúan y comparan las solicitudes presentadas y se establece un orden de prelación conforme a la puntuación obtenida al aplicar los criterios de valoración que detalla la norma reguladora.

  • ¿Qué documento me indica que mi solicitud ha sido evaluada?

El documento que indica que la solicitud ha sido evaluada es la propuesta de resolución, la cual se entiende aceptada en todas sus condiciones sino se manifiesta expresamente lo contrario.

  • ¿ Es subvencionable la implantación y certificación de la norma ISO 9001?

Sí, siempre que acompañe a la implantación y certificación de la norma  UNE ISO 14001.

  • ¿Es subvencionable sólo la implantación de una norma?

No, para ser subvencionable  debe implantarse y certificarse por entidad acreditada por ENAC.

  • ¿ Es necesario hacer publicidad de las ayudas concedidas?

Sí, siempre se realizará publicidad de la ayuda concedida conforme al modelo establecido en el que se  hace alusión al programa de ayuda Innoempresa, la inversión subvencionable, la subvención otorgada y los organismos que cofinancian la ayuda que son la Junta de Extremadura, El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el FEDER.
Esta publicidad podrá realizarse en prensa, radio o cualquier otro medio de comunicación, incluida prensa digital.
Para aquellas inversiones con subvención en activos fijos por importe de 6.000 euros o superior se exigirá además de la publicidad indicada la colocación, en lugar visible, y desde el momento de inicio de las inversiones, de un cartel  conforme a lo indicado en el Decreto 50/2001 relativo a medidas de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura. Este cartel se mantendrá como mínimo hasta que haya finalizado el mantenimiento de la actividad exigida en Resolución Individual.

  • ¿Cuando es necesario el certificado de auditor colegiado?

En subvenciones de importe superior a 60.000 euros o en aquellas que por su naturaleza se estime necesario

  • ¿ En los proyectos donde se aporte certificado de auditor colegiado es necesario aportar las facturas y justificantes de pago de la inversión realizada?

Sí, en todo caso.

  • ¿Durante cuanto tiempo se deben mantener disponibles los documentos probatorios de la inversión realizada para posibles controles financieros posteriores?

Se deberán conservar durante al menos los tres años siguientes al cierre del programa operativo. Indicar que el programa 2007-2013 tiene previsto el cierre en 2015, no significando ésto que no pueda retrasarse más allá del 2015, por lo que se mantendrán como mínimo hasta 2015 pero teniendo en cuenta que en el caso de un posible retraso en el cierre del programa operativo se podrán solicitar estos documentos más allá del 2015.

  • ¿En caso de existir, como se justifican otros gastos asociados al proyecto y necesarios para su ejecución (gastos generales, viajes, alojamiento)?

Mediante las correspondientes facturas y justificantes de pago de los mismos, identificando estos de forma detallada y justificando su necesidad con un certificado del gerente de la empresa.

  • ¿Cómo se justifican los gastos de personal técnico asociados a un proyecto?

Mediante la correspondiente memoria justificativa detallada de las actuaciones realizadas , identificando tareas ejecutadas, tiempos empleados, categoría profesional y su relación con el proyecto aprobado.

Además se presentarán partes de trabajo firmados por el gerente de la empresa, nóminas y seguros sociales y un certificado del gerente de la empresa que certifique que el personal indicado ha trabajado para el proyecto objeto de subvención detallando objeto, coste y duración de los trabajos.

  • En proyectos liderados por organismos intermedios, ¿cuál es el número mínimo de pymes que tienen que participar en el proyecto?

            5 pymes.